Conforme al artículo 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, que establece los requisitos para integrarse a la lista de peritos auxiliares en la Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, como son:
1. Acta de nacimiento.
2. Constancias de no inhabilitado estatal federal.
3. Dos cartas recomendación.
4. Constancia de no antecedentes penales.
5. Constancia de no recomendación expedida por la comisión estatal de derechos humanos.
6. Constancia de radicación.
7. Copia certificada por notario público de título y cedula profesional, de la ciencia, arte u oficio de aspiración, excepto que la actividad correspondiente no este considerada como profesional.
8. Documento que comprueben experiencia en la materia de su aspiración.
9. Constancia de acreditación de los cursos de capacitación y actualización, así como certificados parciales o cedula de postgrado (especialidad, maestría o doctorado).
10. Acreditar experiencia mínima de cinco años.
11. Tener cuando menos treinta años de edad.
12. Escrito que contenga lo siguiente:
Deberá expresar bajo protesta de decir la verdad:
- Nombre completo, Fecha de nacimiento, Nacionalidad, Estado civil, Teléfono, Correo electrónico y Estudios realizados.
- Domicilio para recibir notificaciones, en el estado de Tlaxcala.
- No haber sido condenado por delito doloroso, grave, patrimonial o contra la administración de justicia.
- Manifestar la ciencia, arte u oficio en que es experto.
- Breve exposición de motivos razonando su aspiración de integrarse a la lista de peritos.