REQUISITOS PARA EJERCER COMO
PERITO AUXILIAR EN LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA


Conforme al artículo 83 de la Ley Orgánica del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, que establece los requisitos para ejercer como perito auxiliar en la Administración de Justicia del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, como son:

I. Ser mexicano por nacimiento.
II. Tener cuando menos treinta años de edad.
III. Contar con título y cédula profesional registrada ante las autoridades competentes; excepto que la actividad correspondiente no este considerada como profesión.
IV. Acreditar una experiencia mínima de cinco años.
V. No haber sido condenado por delito intencional o por cualquier otra conducta que afecte gravemente su honorabilidad.

Además de lo anterior, conforme a la convocatoria que se emitir por el Consejo de la Judicatura del Estado, el dia trece de marzo de dos mil trece, dirigida a todos los interesados en formar partede la Lista de Peritos Auxiliares en la Administración de Justicia del Estado. El interesado deberá presentar en la Secretaría General de Acuerdos del Tribunal Superior de Justicia del Estado de Tlaxcala, (de lunes a viernes de 8:00 a 15:00 hrs. a excepción de los días dedescanso obligatorio), un escrito que contenga lo siguiente:

I.- Deberá expresar bajo protesta decir verdad:

a) Nombre completo, fecha de nacimiento, nacionalidad, estado civil, teléfono, correo electrónico y estudios realizados.
b) Domicilio para recibir notificaciones, en el Estado de Tlaxcala.
c) No haber sido condenado por delito doloso, grave, patrimonial o contra la administración de justicia. d) Manifestar la ciencia, arte u oficio en que es experto.
e) Breve exposición de motivos razonando su aspiración de integrarse a la lista de mérito.
II.-Acta de nacimiento de reciente expedición (no mayor a 30 días); los extranjeros, comprobar su legal estancia mediante la forma migratoria (fm3) proporcionada por el Instituto Nacional de Migración.
III.- Dos cartas de recomendación (no mayor a 30 días).
IV.- Constancia de no antecedentes penales con expedición no mayor a un mes.

Además deberá acompañar:

I.- Currículum Vitae no mayor a tres cuartillas y los anexos que avalen su contenido.
II.- Copia certificada por Notario Público de Título y cédula profesional, de la ciencia, arte u oficio de aspiración, excepto que la actividad correspondiente no este considerada como profesional.
III.- Documentos que comprueben experiencia en la materia de su aspiración.
IV.- Constancias de acreditación de los cursos de capacitación y actualización; así como certificados parciales o cédula profesional de postgrado (especialidad, maestría o doctorado).
V.- Comprobante de Domicilio.

Así como, de los requisitos y condiciones para ser perito que establecen los lineamientos para el pago de los servicios periciales correspondiente al Ejercicio Fiscal dos mil quince, como son:

-Ser mexicano por nacimiento.
-Tener cuando menos treinta años de edad.
-Contar con título registrado y cedula profesional expedida por la autoridad competente, excepto la actividad que no esté considerada como profesión.
-Acreditar una experiencia mínima de cinco años.
-No haber sido considerado por delito internacional.
-Comprobar la actualización de sus conocimientos.
-No estar inhabilitado en la Administración Pública Federal o Estatal.
-No tener recomendación de la Comisión de Derechos Humanos.
-Tener residencia efectiva de un año en el Estado de Tlaxcala.
-Pertenecer de preferencia a un gremio o agrupación relacionada con su pericia.